http://www.elpais.com/articulo/sociedad/73/victimas/violencia/machista/2008/elpepusoc/20081230elpepisoc_2/Tes
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Artículo 1: Para los propósitos de esta Declaración, el término «violencia contra la mujer» es todo acto de violencia fundamentado en el sexo que da o puede dar como resultado un daño o sufrimiento físico, sexual o psicológico para la mujer, así como las amenazas de tales actos, la coacción o la privación arbitraria de la libertad, tanto si se producen en la vida pública como en el vida privada.
Resolución 48/104 de la Asamblea General de la ONU, Declaration on the elimination of violence against Women.
Resolución 48/104 de la Asamblea General de la ONU, Declaration on the elimination of violence against Women.
La mayoría de países no han aprobado leyes para erradicar la violencia de género hasta la última década del siglo veinte. Me dan ganas de llorar.
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